Friday, October 4, 2024
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Dan a Samuel García suspensión provisional contra orden de aprehensión

El gobernador de Nuevo León, Samuel García, en Palacio Nacional. Foto Cristina Rodíguez / Archivo

Ciudad de México. El gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, obtuvo una suspensión provisional contra cualquier orden de detención, presentación o aprehensión, que se haya girado en su contra.

El gobernador promovió un juicio de amparo el pasado 14 de septiembre ante el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas contra las acciones del Juez Primero de Distrito en materia Penal del estado ante la posibilidad de que gire alguna orden de captura para proceder de manera penal en su contra.

En su demanda, el mandatario estatal argumentó que hay una “evidente persecución o represión política en su contra, ya que se ha hecho uso indebido de la Fiscalía de Nuevo León y Poder Judicial de aquella entidad, así como de la Fiscalía General de la República (FGR) para fincarles responsabilidades respecto a diversos delitos que no han cometido, con la única intención de que “abandone sus aspiraciones políticas tanto nacionales, como en el estado de Nuevo León.

“En términos de las consideraciones expuestas, al estar reunidos los requisitos del artículo 128 de la Ley de Amparo, pues la suspensión es solicitada por el quejoso y no se sigue perjuicio al interés social, ni se contraviene disposiciones de orden público, procede conceder la suspensión provisional para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de proceder penalmente en contra del quejoso Samuel Alejandro García Sepúlveda” señala el acuerdo del juez federal.

Por ello, el togado apuntó que las autoridades responsables deberán abstenerse de solicitar audiencia inicial y en aquellas donde ya se ha realizado corresponderá al Juez suspender la carpeta judicial respectiva; garantizar el derecho de audiencia y de una adecuada defensa; dar el acceso a las constancias de las carpetas de investigación por parte de las responsables a efecto de que se imponga de las constancias que integran dichas indagatorias, nombre a su particular de su intención y pueda incorporar medios de prueba o datos de prueba en las mismas.

“Procede conceder la suspensión de plano en los términos para los efectos precisados con relación a las autoridades responsables respecto del acto que a cada una se atribuye”.

El impartidor de justicia recordó que, como gobernador, tal cargo le otorga a García Sepúlveda, fuero constitucional o como doctrinalmente se denomina “inmunidad procesal”, que implica que no pueda proceder penalmente contra la persona que goza de tal inmunidad.

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