Sunday, November 17, 2024
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El enriquecimiento ilícito no se puede ocultar exhortan a denunciarlo

Cd,Victoria, Tamaulipas.-Cada denuncia es un paso hacia un sistema más transparente y equitativo, y un avance para erradicar la corrupción; en este contexto se emite un llamado a la ciudadanía a estar alertas sobre el enriquecimiento ilícito  en que pueden caer los funcionarios:
Al respecto, el Código Penal en Tamaulipas, en su artículo 230, establece que se cae en el delito de enriquecimiento ilícito:
 “Cuando un servidor público no puede acreditar el legítimo aumento de su patrimonio, de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño”
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Tamaulipas expone que las denuncias ciudadanas se pueden hacer vía internet  de manera anónima, segura y protegida.
En este ámbito también es de  mencionar que en el artículo 226 del Código penal se establece que.- Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones:
I.- El servidor público que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, o a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos, o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte;
Asimismo esta el delito de uso indebido de atribuciones y facultades; de ello marca el articulo 222, que comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades:
I.- El servidor público que dolosa e indebidamente:
a).- Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamientos y uso de bienes de dominio del Gobierno Estatal o Municipal;
b).- Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico;
c).- Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos, o prestados en la administración pública del Estado y los Municipios;
d).- Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos
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