Está prohibido modificar los documentos básicos de los partidos durante un proceso electoral vigente
De acuerdo con el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos, no se pueden modificar los documentos básicos de los partidos durante un proceso electoral vigente, como ocurre ahora.
“Para los efectos de lo dispuesto en el penúltimo párrafo de la Base I del artículo 41 de la Constitución, los asuntos internos de los partidos políticos comprenden el conjunto de actos y procedimientos relativos a su organización y funcionamiento, con base en las disposiciones previstas en la Constitución, en esta Ley, así como en su respectivo Estatuto y reglamentos que aprueben sus órganos de dirección.
“Son asuntos internos de los partidos políticos: a) La elaboración y modificación de sus documentos básicos, las cuales en ningún caso se podrán hacer una vez iniciado el proceso electoral”, dispone la ley y, según los priistas que estudian los fundamentos para presentar la impugnación, Alejandro Moreno Cárdenas violó esta disposición legal.
La XXIV Asamblea Nacional del PRI se realizó el 7 de julio y en ella se modificaron los documentos básicos: Declaración de Principios, Plan de Acción y Estatutos, en los cuales se permitió que Moreno y Carolina Viggiano, presidente y secretaria general del partido, tengan derecho a reelegirse hasta en dos ocasiones, una vez concluida la prórroga de su mandato, aprobada el año pasado.
Así, el cambio de los documentos básico del PRI se realizó dos meses antes de que concluya el proceso electoral 2023-2024, lo que está prohibido por la Ley General de Partidos Políticos.
Además, los priistas inconformes establecen que las asambleas municipales y estatales se realizaron en tan breve tiempo que fue imposible la participación efectiva de los militantes del partido; de igual manera, en esas asambleas, a las que acudió un mínimo de militantes, se eligieron representantes a la XXIV Asamblea Nacional, sin que hubiera oportunidad que los militantes a nivel municipal y estatal participaran en esas elecciones.
Los priistas inconformes se organizan por estados y por regiones, sin que hasta el momento tengan un solo líder, sino diferentes coordinadores, entre exgobernadores, expresidentes nacionales, exlegisladores federales, exlíderes de sectores y organismos adherentes, que han expresado su inconformidad por la decisión de Moreno de prolongar su presidencia.
Existe la agrupación que coordina Fernando Lerdo de Tejada, denominada Plataforma para la Refundación del PRI, que desde 2021 trabaja para cohesionar los esfuerzos de resistencia a la dirigencia de Moreno, pero a ellos se suman otros priistas que están en esfuerzos paralelos y que no habían participado en los intentos por detener el poder que ostenta Alejandro Moreno.
Aunque existe registro de intentos de priistas por impugnar las determinaciones de Moreno Cárdenas, el TEPJF ha validado todas las decisiones asumidas por Moreno y los cuerpos colegiados internos que tiene el PRI.
En 2019, Benjamín Antonio Russek de Garay impugnó el triunfo de Moreno como dirigente nacional, en agosto de 2019, pero el Tribunal la desechó, porque la impugnación la presentó fuera de tiempo.
Después, hubo diversos priistas que impugnaron la Asamblea Nacional priista del 3 de agosto del 2020, donde se atribuyó facultades para ser el único que autorizara candidaturas, pero el Tribunal dijo que no se configuraba ninguna irregularidad y dio cuenta de un documento que había entregado Moreno Cárdenas, pero cuando cuatro priistas solicitaron al Tribunal la presentación de ese documento, respondió que no existía y desechó la petición de los priistas.