Sunday, November 24, 2024
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El Presidente propone ley para que ejidatarios se armen para defenderse

La nueva reforma faculta exclusivamente al Presidente y a la Sedena para llevar el control, registro y operación de armas en el país, además de la fabricación y comercialización.

La iniciativa presidencial plantea que “sea facultad exclusiva del Presidente y de la Sedena la expedición de permisos, licencias y manifestación de armas de fuego”.

En medio de la ola de violencia del crimen organizado que azota a diversas entidades del país, el presidente Andrés Manuel López Obrador propuso a la Cámara de Diputados permitir armar a comuneros, ejidatarios, jornaleros y pequeños propietarios, para la protección y defensa de sus bienes.

En una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para establecer “controles más estrictos en la fabricación e importación de armas”, propone que “como una acción de inclusión”, se establezca “la certeza jurídica para la aportación de armas de fuego permitidas para las personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros de campo, así como pueblos y comunidades indígenas”.

Lo anterior –se agrega– “con el fin de facultarlos y garantizar la portación fuera de zonas urbanas para la protección de sus bienes jurídicos, y evitar que sean consignados por las autoridades de los tres órdenes de gobierno por la portación de armas de fuego”.

Una medida similar se registró en el gobierno de Enrique Peña Nieto, cuando el comisionado para la Seguridad y el Desarrollo Económico de Michoacán, Alfredo Castillo, permitió armas a los grupos de autodefensas para enfrentar a Los Caballeros Templarios.

También permite “el uso de armas en áreas estratégicas y de seguridad pública como empresas públicas, paraestatales y órganos autónomos, entre ellos, PemexCFEBanxico, Casa de Moneda y el SAT, para que quienes pertenezcan a estas empresas puedan portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad”.

La iniciativa presidencial plantea que “sea facultad exclusiva del Presidente y de la Sedena la expedición de permisos, licencias y manifestación de armas de fuego”, que hoy es responsabilidad de la Secretaría de Gobernación (Segob). También los faculta para llevar el control, registro y operación de armas en el país, además de ser los encargados para la fabricación y comercialización.

La reforma reconoce el incremento del tráfico ilícito de armas de fuego en México, lo que constituye un fenómeno delictivo que impacta directamente a la sociedad, circunstancia vinculada a la delincuencia organizada, a los homicidios dolosos y a otros delitos violentos.

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