Friday, May 9, 2025
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INE ‘batea’ al Senado; niega cancelación de 26 candidaturas a elección judicial

Por unanimidad de votos, el INE decidió mantener las 26 candidaturas que el Senado pide cancelar; ésta fue la razón.

El INE respondió al Senado por qué no cancelará las 26 candidaturas. (Cuartoscuro)

El Consejo General del INE negó oficialmente al Senado la cancelación de 26 candidaturas que presuntamente no son perfiles idóneos para ocupar un puesto en el Poder Judicial, por considerar que no tiene facultades para hacerlo en la etapa en la que se encuentra el proceso electoral y porque no fue la autoridad responsable de verificar los perfiles.

En la resolución se solicita al Senado proporcionar los expedientes de los perfiles con la información en la que se basa para solicitar la cancelación, pues en sus cartas, las cámaras enviaron referencias a notas periodísticas para hacer su solicitud.

Por unanimidad de votos, las y los consejeros reiteraron que los Comités Técnicos de cada poder tendrían que haber revisado meticulosamente los perfiles de las candidaturas que fueron admitidas y subrayaron que la ley impide al Senado pronunciarse sobre la idoneidad de las mismas.

La consejera Claudia Zavala explicó que el INE no tiene la facultad de revisar los requisitios de elegibilidad porque esa es una tarera que le correspondía a los comités de evaluación de cada uno de los poderes.

“Hay que recordar que un comité de evaluación, el del Poder Judicial no terminó su trabajo derivado de las circunstancias legales y que el Tribunal Electoral le pasó esa responsabilidad al Senado de la República, a partir de los nombres que se encontraban en los documentos correspondientes de las personas que fueron por parte del Poder Judicial”, mencionó.

Al respecto, el consejero Arturo Castillo coincidió con la postura de su compañera Claudia Zavala al señalar que eran los comités de evaluación los que tenían que verificar la idoneidad de los perfiles para determinar si cumplían los requisitos para ser candidatos en la elección judicial.

El consejero electoral recordó que, conforme al artículo 96 de la Constitución y la ley, son los comités de evaluación de cada Poder de la Unión y no el INE, los que debieron revisar la idoneidad y elegibilidad de las candidaturas al Poder Judicial de la Federación.

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