Estos juicios constitucionales fueron promovidos por municipios gobernados por el PAN y el PRI, que consideran que los cambios en dichas leyes vulneran su autonomía, al ordenar que no puedan destinar más del 0.1 por ciento de su presupuesto para gastos de comunicación social.
Aunque todos los municipios pidieron la suspensión del acto reclamado, Pérez Dayán les negó la medida cautelar al considerar que no hay ningún derecho humano vulnerado, que requiera la protección inmediata de la SCJN.
“Una razón adicional para negar la suspensión solicitada, consiste en que la parte actora tampoco hace referencia a algún acto concreto, individualizado o particular de los preceptos cuestionados respecto del cual pudiera ser procedente la medida cautelar.
“Sino que lo que efectivamente pretende es la suspensión de las disposiciones generales combatidas para que no se ejecuten; consecuentemente, sin prejuzgar respecto del fondo del asunto, no es de concederse la medida cautelar solicitada”, explicó el ministro.