El dictamen, que se turnó al Senado para su discusión y votación, específica en la Ley General de Bienes Nacionales, que el acceso a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre.
Por unanimidad y con 465 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas legales para permitir el acceso libre y gratuito de todo ciudadano a todas las playas del país y a las áreas naturales protegidas.
¿Qué dice la ley de acceso gratuito a las playas?
El dictamen, que se turnó al Senado para su discusión y votación, específica en la Ley General de Bienes Nacionales que el acceso a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua a las mismas será libre, gratuito y permanente para todas las personas sin distinción de origen, nacionalidad o condición social “.
Añade que “las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, garantizarán el acceso desde las vías públicas a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua a las mismas, el cual deberá ser seguro y señalizado”.
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También indica que queda prohibida la imposición de cobros, cuotas o condiciones restrictivas para el ingreso a las playas marítimas y zona federal marítimo-terrestre contigua a las mismas, salvo por disposición expresa para la prevención y protección ambiental, seguridad pública, interés nacional y en los casos que establezcan los reglamentos administrativos.
Además, menciona que las concesiones o permisos en zonas federales marítimo-terrestres deberán contemplar el acceso público a las playas marítimas conforme a las disposiciones reguladas.
Los municipios y, en su caso, los estados deberán inscribir en los catastros y Registros Públicos de la Propiedad y del Comercio los accesos a playas, a fin de garantizar su permanencia y el conocimiento de su existencia ante solicitudes de compraventa, rectificación de límites y colindancias de predios contiguos y otros instrumentos aplicables.
En el artículo 56 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se precisó que la Secretaría del Medio Ambiente deberá garantizar el acceso gratuito a las áreas naturales protegidas de su competencia, por lo menos un día a la semana
Los domingos y días festivos la Secretaría promoverá los descuentos descritos en el artículo 198 de la Ley Federal de Derechos, así como el libre acceso cuando las condiciones lo permitan, y dicho acceso se hará con pleno respeto a las medidas de cuidado y protección de la biodiversidad y los ecosistemas.