La iniciativa consultada da fundamento puntualizando que los predios también constituyen un problema serio de inseguridad y de salud, esto debido a que las personas propietarias de viviendas o construcciones deshabitadas generalmente no tienen el cuidado de proporcionarles el mantenimiento necesario.
El propósito de la acción legislativa responde a la necesidad de generar entornos seguros y saludables en las zonas urbanas y suburbanas de los municipios del Estado.
Lo cual trae como consecuencia mejorar la imagen pública, urbanística de fraccionamientos, colonias y periferias.
La reforma del artículo 140 del Código Municipal para el Estado, para que los municipios tengan el sustento legal que les permita cobrar la contraprestación del servicio brindado, cuando el personal del ayuntamiento acuda a realizar actividades de limpieza o desmonte, predios cuyos propietarios no cumplan con su obligación de conservarlos en buen estado.
Los municipios deberán emitir el reglamento correspondiente, o en su
caso, modificar los que ya tienen. Lo anterior fue motivado por la creciente problemática de viviendas y edificaciones abandonadas que propician una serie de efectos negativos.
Esta acción es para lograr que los terrenos permanezcan limpios de la maleza, residuos contaminantes y objetos inservibles que se convierten en criaderos de plagas y fuentes de enfermedades; así como también guaridas para delincuentes.
Lo anterior constituye un detonante de problemas de salud e inseguridad por las razones expuestas lo que justifica la implementación de este tipo de medidas para dar solución a este problema, atendiéndolo mediante acciones contundentes por parte de la autoridad competente, como lo es el Ayuntamiento y se ha cobrado a los propietarios de los referidos predios.