Por tal motivo, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó imponer medidas cautelares contra Morena, luego de que el PRD denunció presunta omisión de actualización del partido guinda.
El PRD dijo que en la página de internet del INE, Morena ha omitido capturar los datos de aproximadamente un millón 584 mil 804 personas en el Sistema de Verificación del organismo por lo que existe una diferencia entre lo publicado en el portal y los afiliados de dicho instituto político que participaron en su pasado congreso nacional, por lo que pidió la actualización inmediata.
Los consejeros integrantes de esta Comisión de Quejas dijeron que el área de Verificación de Padrones del INE es la única autoridad encargada de la administración, actualización o carga de la información contenida en el enlace electrónico mencionado, “razón por la que, no se advierte, ni siquiera indiciariamente, un acto contrario a la normativa electoral atribuible a Morena”.
La información pública disponible de afiliados es al corte de agosto de 2020.
Además, existen dos tipos de procesos de verificación; uno, cada tres años, con el propósito de determinar si los partidos políticos cuentan con el número mínimo de militantes para la conservación de su registro y otro que ocurre de forma permanente cuyo propósito es verificar que no exista duplicidad de registros en dos o más partidos políticos, es decir, los datos consultables en el enlace electrónico https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-acionales/padron-afiliados/ es resultado del proceso de verificación trianual.
En otro asunto, del Proceso Electoral Extraordinario en Tamaulipas, el PAN denunció el presunto uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales de televisión de los partidos Morena y PT.
Según el PAN violan los principios de equidad e imparcialidad en la contienda porque incluyen las frases “ya sabes quién” y “nuestro doctor”.
El Partido solicitó el dictado de medidas cautelares consistentes en el inmediato retiro de toda la propaganda denunciada.
La Comisión declaró improcedente la medida cautelar por tratarse de actos consumados, cuya transmisión fue el 4 de enero pasado.
También declaró la improcedencia de la medida cautelar en cuanto a los promocionales vigentes denominados JOSE RAMON PT V2, y JR MORENA V2, “pues, del análisis preliminar al contenido y a las frases referidas, de manera individual y contextual, no se advierte que se actualice alguna infracción evidente en materia de propaganda político-electoral”.
El órgano colegiado, en apariencia del buen derecho, concluyó que las simples referencias a “ya sabes quién” y a “nuestro doctor” no pueden considerarse como la utilización indebida de la figura presidencial o de la gubernatura local con la finalidad de coaccionar el voto de la ciudadanía tamaulipeca.
Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela, presidenta de la Comisión y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama.