El Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del INE, que consideró infundada la impugnación interpuesta por Proyecto Justicia Común
El recurso se desechó por estar basado principalmente en recortes de periódico y cuatro enlaces de Internet y un video.
El tribunal confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), que desechó una queja que pedía investigar la denominada Operación acordeón.
SE BUSCABA COACCIONAR EL VOTO CON USO DE RECURSOS PÚBLICOS
La queja fue presentada por la organización Proyecto Justicia Común en contra de Morena y funcionarios de la Ciudad de México, por presuntamente utilizar estructura del gobierno capitalino para la distribución de los acordeones.
De hecho, en su reclamo, se aseguraba que la finalidad no era únicamente coaccionar el voto, sino que se hacía uso de recursos públicos y se violentaba el principio de equidad en la contienda en curso.
No obstante, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE desechó la queja al considerar que no aportó pruebas suficientes para iniciar una investigación.
El magistrado Reyes Rodríguez consideró que la Unidad Técnica del INE debió haber desplegado mayores actuaciones
Argumentó también que el instituto decidió no desplegar sus facultades de investigación y, además, se limitó a una serie de requerimientos preliminares, y con base en ello desechó la queja.
No compartí la decisión de desechar la queja sobre el uso de acordeones, porque considero que la autoridad electoral debió investigar con más exhaustividad, especialmente ante hechos tan graves como el posible uso de recursos públicos para influir en el voto”, detalló en su cuenta de X.
Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes expuso que cuando el INE revisó las pruebas determinó que no eran suficientes para iniciar una investigación, pues éstas consistían en tres capturas de pantalla de notas periodísticas, un video y cuatro enlaces electrónicos.