Thursday, September 11, 2025
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Elección Judicial: frenan investigación sobre los acordeones

El Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del INE, que consideró infundada la impugnación interpuesta por Proyecto Justicia Común

Expertos en materia electoral consideraron que, aunque los acordeones en la elección judicial no tuvieron el sello del Gobierno, su uso se fue claramente una operación nacional. Foto: Cuartoscuro/Archivo.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el tema de los mencionados acordeones para supuestamente orientar al voto en los comicios judiciales, no estará sujeto a una indagatoria.

El recurso se desechó por estar basado principalmente en recortes de periódico y cuatro enlaces de Internet y un video.

El tribunal confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), que desechó una queja que pedía investigar la denominada Operación acordeón.

SE BUSCABA COACCIONAR EL VOTO CON USO DE RECURSOS PÚBLICOS

La queja fue presentada por la organización Proyecto Justicia Común en contra de Morena y funcionarios de la Ciudad de México, por presuntamente utilizar estructura del gobierno capitalino para la distribución de los acordeones.

De hecho, en su reclamo, se aseguraba que la finalidad no era únicamente coaccionar el voto, sino que se hacía uso de recursos públicos y se violentaba el principio de equidad en la contienda en curso.

No obstante, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE desechó la queja al considerar que no aportó pruebas suficientes para iniciar una investigación.

El magistrado Reyes Rodríguez consideró que la Unidad Técnica del INE debió haber desplegado mayores actuaciones de investigación y no sólo quedarse en un nivel de investigación preliminar para desechar de plano la denuncia.

Argumentó también que el instituto decidió no desplegar sus facultades de investigación y, además, se limitó a una serie de requerimientos preliminares, y con base en ello desechó la queja.

No compartí la decisión de desechar la queja sobre el uso de acordeones, porque considero que la autoridad electoral debió investigar con más exhaustividad, especialmente ante hechos tan graves como el posible uso de recursos públicos para influir en el voto”, detalló en su cuenta de X.

Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes expuso que cuando el INE revisó las pruebas determinó que no eran suficientes para iniciar una investigación, pues éstas consistían en tres capturas de pantalla de notas periodísticas, un video y cuatro enlaces electrónicos.

La denuncia no incluyó referencias específicas sobre los hechos, no se señalaron fechas, no se señalaron lugares ni personas responsables, ni se explicó cómo esos materiales habían influido en los procesos electorales.
Las notas periodísticas, además, hemos dicho, son documentos que, para que den pie a una investigación, deben ir acompañados de elementos adicionales que permitan ubicar, precisamente, modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados”, indicó.
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