El INE determinó que no podrá haber campañas adelantadas ni propaganda difamatoria por parte de candidatos a la elección judicial.
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, durante la sesión extraordinaria de hoy, el catálogo de infracciones durante la elección judicial de 2025, el cual establece restricciones para candidatos, servidores públicos, medios de comunicación, partidos políticos e incluso la ciudadanía.
“El catálogo busca garantizar claridad y certeza jurídica sobre el proceso de actuación”, destacó la consejera Rita López, presidenta de la Comisión de Quejas.
Las personas afiliadas a partidos políticos también serán sujetas a sanción si participan como observadores en la elección judicial, pues la reforma judicial no permite la participación de éstos en cualquier fase del proceso.
La contratación de espacios en medios, encuestas y entregar cualquier beneficio a favor de una candidatura también serán prohibiciones para la ciudadanía.
Aunque la consejera Norma de la Cruz pidió retirar el concepto de ciudadanía en general, no fue aceptado. Al respecto, la consejera Dania Ravel destacó que es importante porque cualquier ciudadano puede “hacer la contratación de propaganda a favor de una candidatura”.
La consejera Claudia Zavala criticó que nuevamente el Legislativo no se haya encargado de “regular las conductas infractoras”, y dejó la tarea al organismo electoral.
En el catálogo también se determinó crear un buzón para los candidatos, a través del cual recibirán notificaciones personales de acuerdos y resoluciones emitidos por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.
Las sanciones serán conforme establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Durante la sesión, también se aprobó el Sistema de Información de la Jornada Electoral, el cual establece como meta reportar la instalación de casillas entre 88 y 90 por ciento a las 12:00 horas del día de la jornada electoral.