La jueza determinó que la ‘La escuela es nuestra’ no logra satisfacer en su conjunto de la misma manera derecho a educación y alimentación de los estudiantes.
La decisión es resultado de una demanda de amparo presentada por Aprender Primero, brazo jurídico de Mexicanos Primero, acompañados por el despacho Aguilar Barroso Abogados. En la demanda se reclama, entre otras cosas, que las autoridades federales violaron el derecho a la educación y a la alimentación de millones de niñas, niños y adolescentes al excluir a beneficiarias y beneficiarios de años anteriores de manera arbitraria, y al no garantizar los recursos que permitan que las escuelas puedan tener horas adicionales de aprendizaje y alimentos en la práctica.
El órgano jurisdiccional llegó a esta determinación tomando en cuenta que las autoridades violaron el principio de progresividad respecto de los derechos a la educación y a la alimentación de las niñas, niñas y adolescentes, además del interés superior de la niñez, ya que las Escuelas de Tiempo Completo otorgaban beneficios que garantizaban el ejercicio de estos derechos, mismos que ya no son posibles de obtener a través del programa La Escuela es Nuestra.
De manera paralela, la jueza reconoció que se afectó desproporcionadamente a las mujeres madres de familia, quienes dependían de las Escuelas de Tiempo Completo para tener un lugar seguro para sus hijas e hijos, mermando “la posibilidad de que (…) desarrollen de manera efectiva sus proyectos de vida y la posibilidad de una estabilidad laboral que tiene impacto en su economía”.
Hay que recordar que el Programa ETC, en su punto más alto de cobertura, beneficiaba a cerca de 27 mil escuelas y a 3.6 millones de alumnos quienes recibían horas adicionales de aprendizaje y, para al menos 1.6 millones de estudiantes, un servicio de alimentación.
En su decisión la jueza, señala que, incluso, en el supuesto, de que la restauración de las ETC como programa no fuera posible, las autoridades están obligadas a modificar el programa LEEN 2022 de tal manera que “se contemplen los mismos derechos y beneficios prestacionales de servicio público educativo contenido en aquel sistema de la “Escuela de tiempo completo”, y no solo de apoyo económico.