La nueva visa electrónica podrá obtenerse sin entrevista consular y permitirá el ingreso al país de visitantes extranjeros sin actividades remuneradas.
El Gobierno de México, a través de la Cancillería, publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos para la expedición de visas electrónicas a personas extranjeras, con lo que se busca modernizar y agilizar los procedimientos migratorios.
En paralelo, el Instituto Nacional de Migración (INM) anunció un acuerdo para simplificar trámites, en especial para personas en movilidad y solicitantes de refugio.
¿Quiénes pueden tramitar la visa electrónica desde el extranjero?
Los nuevos lineamientos establecen que la visa electrónica podrá ser tramitada desde el extranjero sin necesidad de acudir a una oficina consular mexicana.
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Además, la publicación indica que esta visa electrónica “permite a la persona extranjera presentarse en un lugar destinado al tránsito internacional de personas por aire y solicitar a la autoridad migratoria el ingreso al país”.
“En caso de autorización se generará una Visa Electrónica con código QR, que la persona extranjera podrá imprimir y/o descargar en un dispositivo electrónico, y asegurarse que la información asentada coincida con los datos biográficos señalados en su pasaporte o documento de identidad y viaje”, se lee en el acuerdo.
Para obtener esta visa, las personas extranjeras deberán registrarse en el Sistema de Citas Electrónicas de la Secretaría, cargar los documentos requeridos y cubrir el pago correspondiente. La autorización estará sujeta a una evaluación de seguridad y verificación por parte de la autoridad consular.
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Esta medida representa un paso hacia la digitalización de los servicios consulares y responde a la necesidad de facilitar la movilidad internacional, en medio de presiones por la crisis migratoria con Estados Unidos.
¿Cuáles son los trámites migratorios que ahora tendrán menos requisitos?
En otra publicación del DOF, el INM emitió un acuerdo que busca simplificar, unificar y transparentar los procesos administrativos en materia migratoria.
Para ello eliminó requisitos de cuatro trámites relacionados a la expedición de documentos migratorios, obtención de la tarjeta de visitante regional, regularización por razones humanitarias y notificaciones de estado civil, nombre, nacionalidad y lugar de trabajo.
Además, redujo los plazos máximos para dar resolución a notificaciones de cambios de estado nombre o nacional hasta tres días y para la expedición de documentos migratorios a más tardar 10 días.