Wednesday, January 7, 2026
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SAT descarta auditorías masivas a contribuyentes: ¿En qué casos serán necesarias?

El SAT le ‘pondrá la lupa’ a quienes no paguen retenciones a sus empleados o a quienes realicen operaciones con paraísos fiscales.

(Especial: El Financiero)
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) descartó la realización masiva de auditorías a los contribuyentes, al señalar que en caso de que se incumpla con el pago de impuestos, se realizará únicamente una auditoría por contribuyente.

Agregó que en los procesos de auditoría, se solicitará una muestra de las partidas sujetas a revisión y no del 100 por ciento de la información.
Puntualizó que se auditará principalmente a aquellos contribuyentes que celebren operaciones con factureras o nomineras.

También auditarán a los causantes que presenten pérdidas fiscales recurrentes o simulen o abusen de deducciones.

Asimismo, revisarán a quienes obtengan ingresos que no son declarados o abusen de estímulos fiscales.

También le acentuarán las verificaciones a quienes presenten inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden.

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Auditarán asimismo a quienes importen productos con precios por debajo del mercado e incumplan con regulaciones o restricciones no arancelarias.

Le pondrán la lupa a quienes no paguen retenciones por sus empleados; realicen operaciones con paraísos fiscales o soliciten devoluciones improcedentes.

En adición, revisarán a quienes paguen menos impuestos en tasa efectiva comparado con su sector.

“Se garantizará la misma aplicación y criterios en cualquier oficina del SAT del país respecto a procedimientos de fiscalización en partidas como descuentos, depósitos no identificados, materialidad, mercadotecnia, importaciones, regulaciones no arancelarias, así como permisos, certificaciones y autorizaciones de comercio exterior”, recalcó el órgano fiscalizador.

La autoridad fiscal afirmó que establece condiciones equitativas para la inversión y brinda certidumbre jurídica a las y los contribuyentes, por lo que dará a conocer mejores prácticas de transparencia para 2026, como la publicación del Plan Maestro 2026 “Atención al contribuyente y fiscalización”.

Por otra parte, aclaró que los tiempos de devolución de impuestos para personas físicas se realizarán en promedio en 5 días, y para empresas en 30 días. El plazo establecido en la ley es de 40 días hábiles.

El SAT recordó a los contribuyentes que pueden denunciar cualquier irregularidad por medio del correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx; a través del teléfono Marca SAT: 55 6272 2222 o 55 6272 2728 opción 8.

Otra opción es el portal del SAT, apartado Denuncias SAT en https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/quejas-odenuncias

Asimismo, se pueden usar las redes sociales oficiales: Facebook SAT México; X @SATMX y la aplicación SAT Móvil para dispositivos móviles, apartado Quejas y denuncias.

Otro canal para denunciar son los síndicos autorizados, por lo que se puede consultar el directorio en gob.mx/sathttp://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/sapsnet/publico/ConsultaSindicos.aspx

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